El Ministerio de Salud señaló que esa cifra, fue cobrada por el empleado aún, cuando no asistió a cumplir funciones entre mayo de 2019 y febrero de 2021. Debe devolver el dinero en un plazo de 30 días.
El Ministerio de Salud intimó a un empleado del Hospital Escuela de Salud Mental a devolver “en un plazo perentorio e improrrogable” de 30 días la suma de $1.214.721,72, “con más intereses legales desde que se adeudan hasta el efectivo pago”.
Esa cifra, según Salud, fue cobrada por el empleado aún, cuando no asistió a cumplir funciones entre mayo de 2019 y febrero de 2021.
“En defecto de no cumplimentar con la misma, se procederá sin más a iniciar las acciones administrativas y legales correspondientes al recupero del monto antes mencionado, junto con los intereses legales, gastos y honorarios pertinentes”, según la intimación que firmó el abogado Germán Alberto Coronel, coordinador general y director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud.
El 10 de mayo último el Ministerio de Salud dictó el decreto N° 1.020 a través del cual dispuso la instrucción de un sumario administrativo al agente Antonio Ismael Godoy, quien revista en un cargo categoría 8, personal de Servicios Generales, del Hospital Escuela de Salud Mental de Paraná, que además facultó al organismo “a proceder al descuento de lo indebidamente percibido” en concepto de salarios cobrados durante el tiempo que no asistió a cumplir sus funciones. Entonces, el monto se fijó en $700.567,00, indicó EntreRíosAhora.
Según el texto del decreto, que se publicó en el Boletín Oficial el 1° de septiembre último, el trabajador al que ahora se le reclama la devolución de una cifra millonaria “ha usufructuado distintas inasistencias”: 20 días sin trabajar, sin aviso previo, durante el año 2019, según el siguiente detalle.
Mes de enero: los días 19 y 20; mes de febrero: los días 9, 10, 19, 20, 21 y 22; mes de marzo: los días 1, 2, 5, 6, 15, 16, 22, 23, 27, 28 y 31; mes de abril: el día 1; y, también, 38 faltas sin aviso incurridas durante el año 2019: mes de mayo: el día 3; mes de junio: 5, 13 y 27; mes de julio: los días 8, 14 y 19; mes de agosto: los días 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31.
El 11 de octubre de 2019 desde el Hospital Escuela de Salud Mental requirieron al área central de Salud “licenciar los haberes del señor Godoy atento a que desde fecha 19/7/2019 no se ha presentado a trabajar, ni ha hecho uso de licencia alguna, adjuntando a fojas 28/29 planilla del reloj huella digital, desde el 19/7/19 al 10/10/19 donde no se registra marcación alguna, y ante ello a fojas 47 el Departamento Liquidaciones de éste Ministerio informa que con los haberes correspondientes al mes de abril/20 se procedió a suspender los haberes del señor Godoy”, señalaba.
Luego, el 30 de noviembre de 2020, desde el Hospital Escuela de Salud Mental se informó que el empleado “se reintegró a sus funciones como celador”, razón por la cual “se solicita el alta de los haberes del mismo”. Pero a la vez el Departamento de Liquidaciones del Ministerio de Salud practicó el cálculo de los montos percibidos por el trabajador en el período que no asistió a cumplir funciones. La cifra se estableció en $700.567, monto que, dice la norma legal, “deberá ser descontado en cuotas que no superen el 20% de sus haberes.
Este lunes 13 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial una actualización de ese monto que ahora se reclama al empleado. La cifra se ubica ahora en $ 1.214.721,72.