Un juez condenó al Gobierno bonaerense y a una aseguradora a pagar casi $35 millones a un joven que sufrió bullying escolar durante más de dos años en una escuela técnica de Chivilcoy.

La Justicia bonaerense condenó al Gobierno de la provincia de Buenos Aires a pagar una indemnización cercana a los $35 millones a un joven que fue víctima de bullying escolar sistemático mientras cursaba sus estudios en la Escuela de Educación Técnica N°1 “Mariano Moreno” de Chivilcoy. El fallo fue dictado por el juez en lo Contencioso Administrativo N°1 de Mercedes, Luis Laserna, quien responsabilizó a la Dirección General de Cultura y Educación provincial por no garantizar la integridad física y psicológica del alumno.

La demanda había sido impulsada por los padres de J.A.M., quien entre 2011 y 2012 sufrió agresiones físicas, hostigamiento verbal y discriminación por parte de compañeros de curso. Según consta en la sentencia, el adolescente era acosado por su perfil académico y por su interés en la informática. El fallo señala que el joven padecía ataques motivados por su condición de “estudiante aplicado” y por no “plegarse a hacer lío”, publicó Iprofesional.

Las agresiones comenzaron con burlas e insultos, pero fueron escalando hasta incluir empujones, golpes en la cabeza y salivazos diarios dentro del aula. Uno de los episodios más graves ocurrió el 28 de septiembre de 2011, cuando un compañero le arrojó un borrador en el rostro durante una clase. De acuerdo con la resolución judicial, la reacción del docente fue insuficiente y se limitó a sugerirle al alumno que se lavara la cara antes de continuar con la actividad escolar.

La Justicia cuestionó la falta de respuesta institucional

 

El fallo también cuestionó el accionar de las autoridades educativas frente a las denuncias realizadas por la familia. Ante la falta de medidas concretas, los padres acudieron a la Inspección de Nivel Secundario, donde se les ofreció únicamente un cambio de turno para el estudiante.

 

Para la familia, aquella decisión implicó una “revictimización”, ya que obligaba al adolescente a modificar su rutina mientras los agresores permanecían en el establecimiento sin sanciones. Sin embargo, el traslado al turno mañana tampoco logró frenar el acoso.

Según quedó acreditado en el expediente, durante 2012 el hostigamiento continuó e incluso se agravó. Algunos alumnos filmaban las agresiones físicas con teléfonos celulares para exponerlo públicamente frente al resto de sus compañeros. La situación derivó en un profundo deterioro emocional que terminó alejándolo de la escuela.

El juez Laserna rechazó además los argumentos presentados por la Dirección General de Cultura y Educación, cuyos abogados sostuvieron que el joven padecía una “fobia social” previa y que los episodios denunciados eran hechos aislados. El magistrado descartó esa postura y remarcó que las agresiones “no constituyen caso fortuito por tratarse de hechos objetivamente previsibles o evitables”.

 

El fallo remarcó la obligación de proteger a los alumnos

 

La sentencia se apoyó en el artículo 1117 del Código Civil, que establece la responsabilidad de los establecimientos educativos por los daños sufridos por alumnos menores de edad mientras se encuentran bajo autoridad escolar.

En ese sentido, el juez citó a la jurista Aída Kemelmajer de Carlucci, quien sostiene que los establecimientos educativos “asumen contractualmente, junto con la obligación principal de prestar educación, una obligación de seguridad cuyo incumplimiento hace nacer su responsabilidad directa”.

El expediente incluyó además testimonios de compañeros que confirmaron que las agresiones eran constantes dentro y fuera del aula. Como consecuencia del aislamiento y del cuadro depresivo, el joven dejó de asistir a clases y sufrió un importante aumento de peso, pasando de 70 a 125 kilos.

 

Los peritos determinaron que el exalumno presenta una neurosis fóbica moderada, con un 15% de incapacidad, y trastornos de ansiedad severos, equivalentes a un 20% de incapacidad adicional. Actualmente asiste a un hogar de día y continúa bajo tratamiento psicológico.

 

Daño moral y tratamiento psicológico

 

A la hora de fijar la indemnización, el magistrado contempló distintos rubros vinculados al daño psicofísico y moral sufrido por la víctima del bullying escolar. Solo para tratamiento psicológico futuro se estableció una suma de $11 millones, debido a la recomendación profesional de continuar con terapia semanal durante al menos un año.

Respecto del daño moral, el juez sostuvo que “el hecho de haber padecido el joven, en plena adolescencia, aquellos hostigamientos provenientes de su grupo de pertenencia o de quienes debían serlo, ha debido provocar angustias, padecimientos y aflicciones espirituales constitutivas de un agravio moral”.

 

Ese concepto fue fijado en $8 millones. No obstante, al aplicarse un interés anual del 6% desde 2012 hasta la fecha de la sentencia, el monto total de la condena ascendió a casi $35 millones.

 

La indemnización deberá ser abonada por la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense y de manera solidaria por Provincia Seguros S.A., la aseguradora citada en garantía durante el proceso judicial.