La medida fue tomada luego de no obtener respuesta al pedido de acceso a la información pública realizado el 20 de julio a la Ministra de Desarrollo Humano, con el fin de conocer los antecedentes administrativos, técnicos, nutricionales y bromatológicos vinculados a la contratación de la empresa TEKNOFOOD S.A.
Según anuncia el abogado, la intimación tendría por objetivo “prevenir la eventual consumación de un acto estatal que, de confirmarse las circunstancias conocidas hasta el presente, podría vulnerar normas de jerarquía legal, constitucional y convencional destinadas a proteger el derecho a la salud, a una alimentación adecuada y al interés superior de niños y adolescentes”.
Señala como motivación, “el anunciado reemplazo del sistema descentralizado de adquisición de alimentos frescos por un sistema centralizado de provisión de productos industrializados, respecto del cual existen fundados cuestionamientos formulados por profesionales de la nutrición y otros especialistas acerca de su eventual incompatibilidad con los estándares nutricionales exigidos para los establecimientos educativos”.
En consecuencia, solicita formalmente “se informe y remita copia autenticada del decreto, resolución o acto administrativo mediante el cual se adjudicó mencionada a la empresa la provisión de prestaciones alimentarias destinadas a los comedores y servicios de desayuno/ /meriendas escolares. Asimismo, se requiere expongan los fundamentos técnicos, socio-nutricionales y jurídicos que sustentaron dicha decisión de adjudicación en abierta contraposición con el marco normativo vigente en materia de salud y alimentación saludable, todo lo cual se deberá cumplimentar en el plazo perentorio e improrrogable de 72 horas”.
En el escrito entregado este lunes por mesa de entrada de la gobernación, Pagliotto advierte sobre la posibilidad de promover acciones administrativas y judiciales, incluida una acción de amparo con solicitud de medida cautelar o de formular una denuncia penal para que se investigue la eventual comisión de un delito.













