En consonancia con lo realizado por el gobernador de la provincia, Rogelio Frigerio, quien decidió suspender a partir del 1 de enero y por el término de un año la aplicación de impuestos a la energía eléctrica, el Gobierno de Villa del Rosario será uno de los primeros en sumarse a la iniciativa del mandatario, que invitó a los municipios entrerrianos a adherirse al decreto 256 y reducir la carga impositiva municipal en las facturas de luz. Con dicha reducción, la Tasa municipal pasaría -desde el 1 de febrero- al 10% para usuarios residenciales y comerciales, y al 12 % para reparticiones y dependencias nacionales y provinciales. La propuesta, a nivel local, viene de la mano del bloque de concejales del oficialismo.

De acuerdo a lo informado a Villa del Rosario Net, la pasada semana, el bloque de concejales de Encuentro por Villa del Rosario -integrado por Mauro Borget, Marta Busatto, Carlos Molo y Adriana Villalba- ingresó al Concejo Deliberante un proyecto de Ordenanza con el fin de reducir la carga impositiva municipal en las facturas por consumos de energía eléctrica.

La iniciativa a nivel local, según se explica en dicho proyecto, surge de «la necesidad de adoptar medidas transitorias y concretas que posibiliten atemperar el costo energético para los usuarios y consumidores finales».

En los considerandos del proyecto, se indica que «la provincia de Entre Ríos procedió a establecer nuevos porcentajes del recargo sobre la venta de energía eléctrica y dicha disposición se encontró fundamentada, en normativas tales como la Ley 24.065, la Ley Provincial 8.916, y Resolución de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación Nº 1091 E/2017; pero fundamentalmente, indicando como génesis principal la intención de encontrar mecanismos que mitiguen los efectos de la política energética».

Asimismo, se explica que «el gobierno provincial invita a los Municipios a reducir la Tasa de alumbrado público que se percibe en las facturas por consumo de energía eléctrica por parte de los usuarios y consumidores». Y se destaca que «a partir del marco normativo en materia de energía en la provincia de Entre Ríos, los usuarios y consumidores del ejido de Villa del Rosario abonan de forma directa y comprendida dentro de sus facturas de consumo de energía eléctrica, la Tasa correspondiente al servicio de inspección periódica de las instalaciones y medidores eléctricos y el mantenimiento y reposición de lámparas a descarga de las redes de alumbrado público; previsto en los Arts. 67º, 68º y 69º del Código Tributario Municipal, Parte Especial».

Por otra parte, en la propuesta ingresada al HCD se expresa que «es de destacar la razonabilidad de la pretensión del Departamento Ejecutivo, entendiendo que los cambios de los porcentajes en cuestión deben determinarse hasta la finalización del presente ejercicio municipal». A su vez, se manifiesta que «es de hacer notar que los valores equivalentes a los porcentajes fijados por dicha Tasa se encuentran establecidos en la Ordenanza Impositiva Anual sancionada por este propio Honorable Concejo Deliberante para el año 2024, la cual asciende según lo establecido en el Artículo 21º del Título X – Instalación eléctrica, aprobación plano e inspecciones, Capítulo 3 – Inspección periódica de instalaciones – Reposición de lámparas, se establece en el Punto 1.- a) Usuarios y residenciales. Precio básico de cada KW/H consumido – 18%; b) Usuarios Comerciales. Precio básico de cada KW/H consumido – 15%; c) Usuarios Industriales – Exceptuado Decreto 7269/04 MGJEO y SP BO 08/02/05 – 0,00% y d) Reparticiones y dependencias nacionales y provinciales. Precio Básico de cada KW/H consumido – 15%, debiendo realizar la percepción de éste tributo la Cooperativa Eléctrica de Chajarí Ltda. al momento de efectuar la correspondiente facturación del servicio».

A partir de esto último, «emerge la competencia de este propio Cuerpo a los fines de emitir la presente Ordenanza, dado el carácter tributario de la disposición que se pretende modificar y con la intención de mitigar la situación anteriormente expuesta, lo que motivaría la decisión de modificar el Título X, Capitulo 3, Artículo 21º, Punto 1, Incisos a), b) y d) del Código Tributario Municipal, Parte Impositiva, reduciendo la tasa en un porcentaje que implicaría pasarla al 10% para usuarios residenciales y para usuarios comerciales y 12 % para reparticiones y dependencias nacionales y provinciales«, se especifica en el proyecto de Ordenanza.

Por último, vale destacar que las reducciones propuestas en la Tasa municipal regirán a partir del 01 de febrero de 2024 y durante el transcurso del presente Ejercicio Contable.