Tres artículos del Reglamento del Senado desmienten las explicaciones de los legisladores que afirmaron haber votado en contra o no haber acompañado el aumento de sus dietas a más de siete millones de pesos en bruto.
El Artículo 205 determina que «los proyectos de decreto, resolución (tal el caso de lo aprobado en la víspera), comunicación o declaración pueden votarse: Por signos, que consisten en ponerse de pie o en levantar la mano; nominalmente, o por medios electromecánicos, en caso en que la Cámara así lo decida por mayoría absoluta de los presentes».
Ningún senador se abstuvo.
El mismo artículo determina que «ningún senador puede protestar contra la resolución de la Cámara, pero tiene derecho a pedir la consignación de su voto en el acta y en el Diario de Sesiones».
De tal modo, quienes afirman que votaron en contra tenían la posibilidad de que esa negativa quedara asentada expresamente, pero ninguno mocionó tal cosa.
Así, si un senador hubiera querido que su voto en contra del aumento quedara expresamente manifestado debió haber pedido por Secretaría que se lo consignara, cosa que tampoco ocurrió.